Con la finalidad de aclarar la aplicación de la normativa vigente en relación a la comercialización de maíz en el marco de la Ley N°20.656 sobre Transacciones Comerciales de Productos Agropecuarios, la Unidad de Transacciones Comerciales del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de Biobío, realizó una reunión con agricultores, representantes de los poderes compradores y laboratorios de ensayo de la región.

En este sentido, el Director Regional (s) del SAG de Biobío, Roberto Ferrada, explicó que “esta ley busca transparentar la comercialización de los productos agropecuarios como trigo, maíz, vid vinífera y avena. Su objetivo es que los productores/as puedan elegir donde vender su producción, conociendo previamente las condiciones de pago, como por ejemplo descuentos o bonificaciones por parámetros de calidad como humedad, impurezas en el caso del maíz, información que debe estar publicada previamente, lo que, sin duda, facilita la elección al vendedor de donde entregar su producto, lo que es fiscalizado por inspectores del SAG”.

Agregó que la temporada anterior se realizaron 26 fiscalizaciones a los poderes compradores, no detectándose incumplimientos.

Asimismo, indicó que previo al periodo de fiscalización de esta normativa se realiza una reunión informativa, instancia en la cual se analiza la temporada anterior y los cambios al reglamento que se pudieran presentar para la nueva temporada. En esta oportunidad, también se presentó un análisis del mercado del maíz por parte del profesional de ODEPA, Sergio Soto, y la importancia del laboratorio arbitrador por parte de Walter Maldonado de Cotrisa.

La legislación vigente establece que los poderes compradores deben emitir una guía de recepción que incluya toda la información referente a las condiciones establecidas para la comercialización, la publicación de un listado de precios de referencia, el que debe estar ubicado afuera de sus dependencias, permitiendo que los productores/as conozcan las condiciones comerciales ofrecidas para la compra de su producto, que las básculas de pesaje estén calibradas por un Laboratorio Calibrador autorizado por el SAG, entre otros aspectos, además deben contar con un protocolo de custodia.

En el caso de los laboratorios de ensayo éstos tienen como requisitos la calibración de equipos y máquinas que intervienen en los análisis de calidad, registro de resultados de análisis, notificación de resultados a la agroindustria, resultados de análisis en conformidad al procedimiento que indica el reglamento, sistema de gestión de calidad o buenas prácticas de laboratorio, entre otros.

En este sentido, el directivo explicó que durante la fiscalización los inspectores/as del SAG deben verificar los resultados de los análisis realizados en los Laboratorios de Ensayo dentro de un plazo establecido, medida que permite al agricultor/a solicitar el análisis de una contramuestra de su producto en caso que no esté conforme con el resultado entregado por el Laboratorio de Ensayo, enviando la muestra a un laboratorio arbitrador autorizado por SAG, cuyo resultado dirime la controversia.

En la región existen 9 agroindustriales que comercializan maíz o prestadores servicio y 5 laboratorios de ensayo, los que se encuentran ubicados en la provincia de Biobío.

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Equipo Prensa
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