• Región del Biobío será piloto para la implementación de la verificación de solicitudes SPR a través de terceros autorizados.

19 de noviembre de 2024.

Más de 140 profesionales participaron –en forma presencial y remota- en la charla realizada por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de Biobío para dar a conocer el reglamento específico para la autorización de terceros en la verificación de solicitudes de subdivisión de predios rústicos (SPR), el cual fue aprobado a través de Resolución Exenta N°6825/2024, oportunidad en la que el Jefe de Departamento de Protección y Conservación de Suelos y Aguas de la División de Protección de Recursos Naturales, Mario Gallardo Peña, aclaró las dudas de los profesionales que efectúan este trámite en la región.

Al respecto, el Director Regional del SAG de Biobío, Roberto Ferrada, señaló que “fue una muy buena jornada, donde los asistentes realizaron sus consultas sobre la nueva normativa. Uno de los principales cambios respecto de la normativa anterior es la tramitación en una sola etapa, estableciendo tres modalidades para ingresar una solicitud de certificación de proyecto de subdivisión predial ante el SAG. Nuestra región será piloto para la implementación de la verificación de solicitudes SPR a través de terceros autorizados, para lo cual cualquier persona natural o jurídica puede postular, cumpliendo con los requisitos del reglamento específico para tal efecto”

Los terceros acreditados son personas o empresas externas al SAG que efectúan labores previas de verificación de solicitudes de SPR, quienes entregarán un informe al SAG cuando ésta haya sido verificada que cumple con la normativa vigente. Posteriormente, el Servicio evaluará el informe, la pauta de verificación y otros antecedentes para emitir su pronunciamiento: certificación o resolución.

La normativa establece que los/as interesados/as en postular a la autorización, sean personas naturales o jurídicas, deben cumplir con todo lo establecido en el Reglamento General del Sistema Nacional de Autorización de Terceros y el Reglamento específico correspondiente. Las personas presentadas a desempeñar el rol de responsable técnico, tanto titular como subrogante, deberán aprobar el curso de capacitación, el que será realizado por el Departamento de Protección y Conservación de Suelos y Aguas del SAG, de acuerdo a la modalidad definida por el Servicio y que será informada oportunamente a cada postulante.

La verificación de las solicitudes de SPR por parte de un tercero autorizado involucra la recepción de solicitudes de certificación de SPR, su digitalización, almacenamiento y custodia de las carpetas físicas, comunicación de observaciones al interesado/a, reportabilidad de la información, emisión del informe técnico, entre otros aspectos.

Más información sobre la acreditación de terceros en https://www.sag.gob.cl/ambitos-de-accion/autorizacion-de-terceros-en-la-verificacion-de-solicitudes-de-subdivision-de-predios-rusticos

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