La Comisión Europea ha renovado la autorización del spinosad, un componente de insecticidas muy utilizados en la agricultura europea. Esta decisión extiende la aprobación hasta el 1 de abril de 2041. Esta sustancia de origen natural, compatible con la agricultura ecológica y derivada de la fermentación de Saccharopolyspora spinosa, se utiliza para el control de plagas como moscas de la fruta, trips y lepidópteros.
El proceso de evaluación ha sido exhaustivo y ha contado con la participación activa de los Países Bajos, como Estado miembro ponente, y Francia, como coponente, quienes analizaron la solicitud de renovación presentada originalmente conforme a la normativa vigente. Uno de los puntos críticos durante el análisis técnico fue la evaluación de las propiedades de la sustancia en relación con la salud humana y el medio ambiente. En un primer momento, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria planteó preocupaciones sobre una posible clasificación del spinosad como tóxico para la reproducción y su potencial como alterador endocrino. Sin embargo, tras una reevaluación solicitada por la Comisión en 2019 y el análisis de información científica adicional, la EFSA concluyó en diciembre de 2024 que el spinosad no cumple con los criterios para ser considerado un alterador endocrino, lo que despejó el camino para su renovación definitiva.
A pesar de recibir luz verde, la aprobación no está exenta de condiciones estrictas para garantizar la seguridad en su aplicación, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/351. Bruselas ha determinado que los Estados miembros deberán prestar especial atención a la protección de los trabajadores, especialmente en aplicaciones manuales en cultivos bajos, y a la evaluación de la ingesta de los consumidores, considerando los residuos de los metabolitos del spinosad y el impacto de su almacenamiento. Asimismo, se han impuesto medidas de mitigación de riesgos para salvaguardar la biodiversidad, con un enfoque específico en la protección de mamíferos silvestres, organismos acuáticos, abejas y otros artrópodos no diana.
Para reforzar la confianza en esta decisión a largo plazo, el reglamento exige que el solicitante aporte información confirmatoria adicional en los próximos años. Entre los estudios requeridos destacan investigaciones sobre el metabolismo comparativo entre especies, evaluaciones de neurotoxicidad para el desarrollo y análisis detallados sobre los efectos crónicos en abejas, tanto adultas como larvas. Parte de esta documentación técnica deberá presentarse a más tardar en marzo de 2028, lo que permitirá a las autoridades comunitarias seguir de cerca el perfil de seguridad de la sustancia a medida que evolucionan los conocimientos científicos y técnicos.
Fuente: Phytoma

































